¿En que consiste la custodia compartida? Se trata de una situación legal por la cual, en caso de separación o divorcio, serian ambos progenitores los que ejerzan la custodia de sus hijos menores de edad. Lo harán en igualdad de condiciones y de derechos sobre los mismos.
Hablamos de datos ofrecidos a inicios del 2017 por el Instituto Nacional de Estadística que estudiaban nulidades, separaciones y divorcios celebradas durante el año 2015 en España. La custodia compartida se concede en uno de cada cuatro divorcios, incrementándose en un 3,5% con respecto al año inmediatamente anterior hasta alcanzar una cifra del 24,7 %. El INE cuenta con datos registrados sobre custodias desde el año 2007. Por entonces no se daban en más que un 10% de total de las custodias en procesos de divorcio en nuestro país.
La introducción de la custodia compartida en España
El artículo 92 del Código Civil en su reforma por la Ley 15/2005 de 8 de julio, que modifica el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio, introdujo la figura de la custodia compartida en España. Venía a ofrecer una alternativa o vía legal a la custodia monoparental. Esa era la única forma existente hasta entonces a la hora de acordar las relaciones entre padres e hijos tras ruptura previa.
Se acordará el ejercicio compartido de la guarda y custodia de los hijos cuando así lo soliciten los padres en la propuesta de convenio regulador o cuando ambos lleguen a este acuerdo en el transcurso del procedimiento. El Juez, al acordar la guarda conjunta y tras fundamentar su resolución, adoptará las cautelas procedentes para el eficaz cumplimiento del régimen de guarda establecido, procurando no separar a los hermanos.
La custodia compartida solicitada por ambos progenitores de mutuo acuerdo sólo requiere que no perjudique el interés del menor. Sin embargo en aquella custodia compartida solicitada por uno solo de los progenitores será el juez el que la acuerde, siempre que solo de esa forma se protege adecuadamente el interés superior del menor para lo que prestará especial atención al informe del Ministerio Fiscal y oirá a los menores en caso de tener juicio suficiente.
Consejos de interés en casos de custodia compartida
En los casos acordados de custodia compartida debe tenerse en cuenta que garantizar bienestar de los niños es lo fundamental. También intentando que los intereses de todas las personas implicadas en el proceso queden satisfechas. Será importante que tras el divorcio y la custodia compartida los progenitores sean capaces de establecer pequeños acuerdos organizativos, de agenda, educativos, residencia u ocio en beneficio del menor, adaptándose en la medida de lo posible a sus necesidades y características propias de la edad concreta de este.
Para el buen desarrollo de los niños es recomendable la alternancia regular entre padres, procurando establecer unos patrones de respeto entre ambos miembros antigua pareja y teniendo presente que aunque su relación haya finalizado su figura como progenitores continuará de por vida.
Anteproyecto de ley de custodia compartida y controversia social
Aunque objetivamente la custodia compartida está multiplicando sus casos en nuestro país, existe cierta controversia en la sociedad civil sobre las consecuencias derivadas de esta opción legal. Mientras algunos creen que se trata de la solución más justa para los dos progenitores, otros piensan que perjudica la estabilidad del menor afectado.
Comunidades Autónomas como Aragón, Cataluña, Navarra o Comunidad Valenciana han decidido regular la custodia con su ley autonómica particular, en tanto que diferentes intentos de crear una Ley nacional de Custodia Compartida han quedado únicamente como anteproyectos de ley.
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