¿HA VENDIDO SU VIVIENDA CON PERDIDAS?
¿HA DONADO UN INMUEBLE POR DEBAJO DEL PRECIO DE MERCADO?
¿El Ayuntamiento le reclama la plusvalía municipal?
Conozca la verdad sobre este impuesto. AHORA SE PUEDE RECURRIR.
No son pocos los pronunciamientos judiciales sobre la posible ilegalidad del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana más conocido como “plusvalía municipal”, e incluso en la actualidad se encuentran planteadas hasta tres cuestiones de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.
Ahora bien, ¿de dónde surge tanta controversia en relación con este impuesto? La plusvalía municipal es un impuesto que grava el aumento de valor de los terrenos urbanos desde el momento de su adquisición hasta el momento de su transmisión. Es decir, es un tributo que se debería de pagar por la revalorización del terreno, sin embargo, consecuencia de la crisis del sector inmobiliario, el grueso de los terrenos ha experimentado un descenso en cuanto a su valoración no pudiendo afirmarse que realmente exista una revalorización generalizada de los terrenos y por ende, que exista el hecho imponible de este impuesto sobre la plusvalía.
A efectos prácticos, si usted transmite un inmueble por un precio netamente inferior al precio por el que lo adquirió, no ha obtenido una ganancia, sino justamente todo lo contrario, ha sufrido una pérdida. En ese caso es totalmente incoherente que el Ayuntamiento de Albacete le exija pagar un impuesto por una revalorización de un terreno que no existe y que en ningún caso puede éste demostrar con datos objetivos. El mismo razonamiento es de igual aplicación para los casos en que usted recibió la vivienda por una donación o herencia.
Si usted se encuentra en una situación similar a la descrita, desde “Bufete Picazo Abogados & Partners” estamos a su disposición para estudiar la viabilidad de su caso, y en caso de que efectivamente se estime pertinente, reclamar, tanto en vía administrativa como en vía contencioso-administrativa, las cantidades indebidamente abonadas en concepto de plusvalía municipal.